Caso Alberto José Bracho Rozquez · Caso del Dron 2018 · 30 años de prisión · Expediente DDHH | Tu VZLA
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Derechos Humanos · Caso del Dron · 2018-2024

Alberto José Bracho Rozquez

Joven zuliano detenido fuera de flagrancia, desaparecido 45 días en DGCIM, torturado en presencia del fiscal del caso, condenado a 30 años por un tribunal especial creado por resolución administrativa, sin que su defensa interpusiera recurso de casación a su favor.

Cédula · Alias

V-21.078.752

Alias: Porto

28 años al detener

Origen

Estado Zulia

Joven civil zuliano, sin afiliación política partidista documentada. Participó en protestas de oposición; ganó atención por foto frente a la GNB con las manos en alto.

Caso · Fecha

Caso del Dron / Operación Fénix

Hechos: 4 de agosto de 2018

Detención: 5 de agosto de 2018, ~02:30 a.m.

Estado procesal

Casación agotada

Internacionalizado

Pena impuesta

30 años de prisión (máximo constitucional, art. 44.3 CRBV)

Lugar de reclusión

Cárcel de Yare III, San Francisco de Yare, Edo. Miranda

Lugar de los hechos

Av. Bolívar, Caracas — desfile del 81° aniversario de la Guardia Nacional Bolivariana

Cargos imputados y condenados

Cargos imputados originalmente

  • Homicidio Intencional Calificado en Grado de Frustración (contra el Presidente)
  • Homicidio Intencional Calificado con alevosía y motivos fútiles (contra 7 efectivos GNB)
  • Lanzamiento de Artefactos Explosivos en Reuniones Públicas
  • Traición a la Patria
  • Terrorismo (LOCDOFT)
  • Asociación para Delinquir (LOCDOFT)
  • Instigación Pública Continuada
  • Financiamiento al Terrorismo

Cargos por los que fue condenado

  • Homicidio Intencional Calificado en Grado de Frustración
  • Homicidio Intencional Calificado con alevosía/motivos fútiles en grado de frustración
  • Lanzamiento de Artefactos Explosivos en Reuniones Públicas
  • Traición a la Patria
  • Terrorismo
  • Asociación

CRCronología

  1. 2018-08-04

    Hecho imputado: detonación de drones en Av. Bolívar

    Durante el discurso de Maduro por el 81° aniversario de la GNB, dos drones DJI con C4 detonan cerca de la tribuna presidencial. 7 efectivos resultan heridos. Maduro acusa públicamente a opositores en cadena nacional.

  2. 2018-08-05

    Detención de Bracho Rozquez (sin orden judicial)

    Aproximadamente a las 02:30 a.m., funcionarios de la PNB lo detienen en una alcabala de la autopista hacia Barinas. NO en el sitio de los hechos. NO en flagrancia. Sin orden de aprehensión.

  3. 2018-08-05 al 2018-09-19

    Desaparición forzada por 45 días

    Permanece sin presentación ante tribunal y sin paradero conocido por la familia durante 45 días. Recluido en sótanos del DGCIM Boleíta Norte (Caracas). Violación del lapso máximo de 48h (art. 44.2 CRBV) y de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada.

  4. 2018-08-07 al 2018-08-08

    Sala Plena TSJ procesa antejuicios contra Requesens y Borges

    Fiscal General Tarek William Saab solicita y obtiene de la Sala Plena (sentencias 48 y 49) la declaratoria de flagrancia y enjuiciamiento ordinario para los Diputados Requesens y Borges. Los hechos imputados a Bracho figuran como soporte fáctico de las decisiones.

  5. 2018-08-16

    Sala de Casación Penal libra 9 órdenes de extradición a Perú

    Lote de sentencias 247-255 (Exp. E18-205 al E18-213) declaran procedentes las extradiciones de los conspiradores fugados (Osman Delgado Tabosky, Julio Borges, Yilber Escalona, etc). Bracho aparece nombrado como co-acusado en todas, sin defensa propia.

  6. 2018 a 2019

    Reclusión prolongada en DGCIM Boleíta Norte

    Casi un año en custodia militar siendo civil. Comunicación familiar suspendida por el Coronel Hannover Guerrero. Tortura documentada por organizaciones de DDHH: encapuchamiento, descargas eléctricas en testículos, desprendimiento de uñas, fractura de costillas y tabique nasal.

  7. 2019-08

    Traslado intempestivo a Yare III

    Trasladado sin previo aviso a la Cárcel de Yare III, Edo. Miranda — lejos de su familia en Maracaibo, Zulia. Imposibilita visitas regulares (art. 75 CRBV protección de la familia).

  8. 2022-08-02

    Sentencia condenatoria 1ª instancia: 30 años

    Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio con Competencia en Casos Vinculados con Delitos Derivados y Conexos asociados al Terrorismo a Nivel Nacional (Jueza Hennit Carolina López Mesa) condena a Bracho Rozquez junto a 11 co-acusados a 30 años de prisión. Sentencia publicada el 17 de febrero de 2023.

  9. 2024-03-21

    Apelación: SIN LUGAR

    Sala Especial Dos de la Corte de Apelaciones con Competencia en Casos Vinculados con Delitos Derivados y Conexos asociados al Terrorismo, Corrupción y Delincuencia Organizada a Nivel Nacional (juezas Katherine Haringhton Padrón y Carol Bealexis Padilla Reyes de Arretureta) declara SIN LUGAR los recursos de apelación.

  10. 2024-05-24

    Denuncia pública de tortura en presencia del fiscal

    Cinco condenados —Bracho Rozquez, Brayan Oropeza, Yolmer Escalona, Argenis Valera y Juan Carlos Monasterios— declaran ante el tribunal que fueron torturados en presencia del fiscal Farik Karin Mora Salcedo. Bracho declara: 'Cuando me quitan la capucha al primero que veo es a este señor Farik'. El tribunal NO ordena investigación.

  11. 2024-12-05

    Casación: DESESTIMADA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADA

    TSJ Sala de Casación Penal, Sent. 682/2024 (Magistrada Ponente Elsa Janeth Gómez Moreno, Exp. AA30-P-2024-000445), desestima los 9 recursos de casación interpuestos por otros condenados. NINGÚN recurso de casación fue interpuesto a nombre de Bracho Rozquez — su nombre figura solo como co-condenado en el dispositivo. Defensa técnica AGOTADA por abandono defensorial.

  12. 2025+

    Vía internacional + negociación diplomática

    Caso candidato a inclusión en negociaciones tipo Acuerdo de Barbados / canjes humanitarios. Otros 13 presos políticos (Requesens entre ellos) fueron liberados en octubre 2023. Más de 59 excarcelados en julio 2025; 35 más el 8 de febrero de 2026 (lote Foro Penal). Bracho permanece preso en Yare III.

TSSentencias del TSJ en el expediente

Tribunal Supremo de Justicia · Sala Plena

Sent. 48 · Exp. AA10-L-2018-000071

08/08/2018

Ponente: Maikel José Moreno Pérez

Antejuicio de mérito contra el Diputado Juan Carlos Requesens. Declara flagrancia, no procedencia del antejuicio y enjuiciamiento ante tribunales ordinarios. Bracho Rozquez es nombrado en los 'hechos' como uno de los operadores del dron. Aplicación de la decisión SC 1684/04-11-2008.

Ver sentencia en historico.tsj.gob.ve ↗

Tribunal Supremo de Justicia · Sala Plena

Sent. 49 · Exp. AA10-L-2018-000072

08/08/2018

Ponente: Juan Luis Ibarra Verenzuela

Antejuicio de mérito contra el Diputado Julio Andrés Borges Junyent. Misma fórmula que Sent. 48. Bracho Rozquez nuevamente nombrado en el relato de hechos junto a 'JOSÉ MIGUEL ESTRADA GONZÁLEZ y ALBERTO JOSÉ BRACHO ROZQUEZ una vez ejecutada la operación'.

Ver sentencia en historico.tsj.gob.ve ↗

Tribunal Supremo de Justicia · Sala de Casación Penal

Sent. 247-255 (lote 9 sentencias) · Exp. E18-205 al E18-213

16/08/2018

Ponente: Juan Luis Ibarra Verenzuela / varios

Lote coordinado de 9 sentencias declarando procedentes las solicitudes de extradición activa al Perú de los conspiradores fugados (Osman Delgado Tabosky, Julio Borges, Yilber Escalona Torrealba, etc.). Bracho Rozquez aparece nombrado en los hechos relatados de cada una de las 9 decisiones, sin estar imputado en los expedientes (ya estaba detenido).

Ver sentencia en historico.tsj.gob.ve ↗

Tribunal Supremo de Justicia · Sala de Casación Penal

Sent. 253 · Exp. E18-209

16/08/2018

Ponente: Juan Luis Ibarra Verenzuela

Extradición de Yilber Alberto Escalona Torrealba al Perú. Bracho Rozquez aparece nombrado como uno de los operadores. Decisión de relevancia para el caso por contener el relato fáctico que el TSJ adopta como verdad procesal sin contradictorio.

Ver sentencia en historico.tsj.gob.ve ↗

Tribunal Supremo de Justicia · Sala de Casación Penal

Sent. 682 · Exp. AA30-P-2024-000445 (C24-445)

05/12/2024

Ponente: Elsa Janeth Gómez Moreno

Desestima por manifiestamente infundados los 9 recursos de casación interpuestos contra la sentencia de la Sala Especial Dos de la Corte de Apelaciones de 21/03/2024 que confirmó la condena de 30 años a 12 acusados (incluido Bracho Rozquez), 24 años a Expósito Carrillo, 20 años a Eloy Rivas, 16 a Hernández Da Costa, 8 a Requesens y 5 a Vásquez Velásquez. **Ninguno de los 9 recursos fue presentado a nombre de Bracho Rozquez.**

Ver sentencia en historico.tsj.gob.ve ↗

Alberto José Bracho Rozquez fue uno de los 17 civiles condenados por el llamado 'caso del dron' contra Nicolás Maduro del 4 de agosto de 2018. La Fiscalía lo señaló como uno de los dos operadores de un dron DJI cargado con C4 desde el Centro Empresarial Cipreses. La realidad procesal documentada por organizaciones independientes —incluida la propia Misión de Determinación de los Hechos de la ONU— revela un patrón de violaciones graves al debido proceso: detención sin orden, desaparición forzada por 45 días, tortura denunciada en juicio oral en presencia del fiscal Farik Mora Salcedo, defensa técnica que aconsejó autoinculpación, y un tribunal especial nacional creado por resolución administrativa del TSJ y no por ley. La sentencia condenatoria del 2 de agosto de 2022, ratificada en apelación el 21 de marzo de 2024, fue confirmada en casación por la Sala Penal del TSJ el 5 de diciembre de 2024 (Sent. 682/2024) — pero ningún recurso de casación fue presentado a su nombre individual.

01Hechos no controvertidos según fuentes independientes

Las siguientes circunstancias están documentadas por organizaciones de derechos humanos venezolanas e internacionales (Foro Penal, Provea, Acceso a la Justicia, Suprema Injusticia, Human Rights Watch, Misión de Determinación de los Hechos de la ONU sobre Venezuela), y constan en declaraciones del propio Bracho ante el tribunal de juicio:

  • Detenido el 5 de agosto de 2018 a las ~02:30 a.m. en una alcabala de la PNB en la autopista hacia Barinas — NO en el sitio del hecho, NO en flagrancia, sin orden judicial.
  • Desaparecido durante 45 días sin presentación ante autoridad judicial ni notificación a la familia.
  • Recluido durante casi un año en sótanos del DGCIM Boleíta Norte — instalación militar — siendo civil.
  • Tortura denunciada en juicio oral: encapuchamiento, descargas eléctricas en testículos, desprendimiento de uñas, fractura de dos costillas y rotura del tabique nasal.
  • La tortura fue descrita ocurriendo en presencia del Fiscal del caso, Farik Karin Mora Salcedo (declaración propia y de otros 4 condenados, registrada en la audiencia del 24 de mayo de 2024).
  • Comunicación familiar y telefónica suspendida por el Coronel Hannover Guerrero.
  • Defensor designado le aconsejó declararse culpable por considerar que 'el régimen ya lo había señalado públicamente'. Defensa técnica posterior NO interpuso recurso de casación a su nombre.
  • Trasladado a la Cárcel de Yare III en agosto 2019, lejos de su familia en Maracaibo, Zulia.

Cuando me quitan la capucha al primero que veo es a este señor Farik (refiriéndose al fiscal Farik Karin Mora Salcedo).

Alberto José Bracho Rozquez, declaración en juicio (2024)

02Estructura de violaciones constitucionales y convencionales

A. Juez natural — Art. 49.4 CRBV · Art. 8.1 CADH · Art. 14.1 PIDCP

El Tribunal Primero de Juicio con Competencia en Casos de Terrorismo a Nivel Nacional y la Sala Especial Dos de la Corte de Apelaciones que lo conocieron, fueron creados por la Resolución TSJ-Sala Plena Nº 2012-0026 del 17/10/2012, publicada en G.O. 40.092 del 17/01/2013 — es decir, por una resolución administrativa del propio TSJ, no por ley orgánica. Esto viola la reserva legal del art. 156.32 CRBV (legislar sobre la organización de los tribunales es competencia del Legislativo Nacional) y el art. 261 CRBV. El principio del juez natural exige un tribunal pre-establecido por ley, independiente, imparcial, identificado, idóneo y preexistente al hecho (Sala Constitucional, sentencias 169/08-02-2006 y 1939/18-12-2008).

B. Detención sin flagrancia ni orden judicial — Art. 44.1 CRBV · Art. 7.2-3 CADH

Bracho fue detenido al día siguiente del hecho, en una alcabala de la PNB, en una autopista, sin orden judicial. No concurre ninguno de los supuestos del art. 234 COPP (flagrancia, cuasi-flagrancia o presunción de flagrancia). La detención inicial es nula de pleno derecho y contamina toda la cadena procesal subsiguiente.

C. Desaparición forzada por 45 días — Art. 45 CRBV · Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada

El lapso máximo de 48 horas para presentar al detenido ante el juez (art. 44.2 CRBV) fue violado en más de 22 veces. La Corte Interamericana ha calificado este patrón como desaparición forzada transitoria (Anzualdo Castro v. Perú, 2009; Heliodoro Portugal v. Panamá, 2008). Genera responsabilidad internacional del Estado y nulidad de toda actuación posterior.

D. Prueba obtenida bajo tortura — Art. 49.1 in fine CRBV · Art. 181 COPP · Art. 15 CCT · Art. 10 CIPST

El art. 49.1 CRBV cierra de manera categórica: 'La confesión solamente será válida si fuere hecha sin coacción de ninguna naturaleza'. Toda declaración, identificación, reconocimiento o señalamiento obtenido bajo tortura es nulo de nulidad absoluta (art. 174 + 175 COPP) y debe ser excluido. El tribunal de juicio omitió ordenar investigación tras la denuncia hecha en audiencia pública — esa omisión es nulidad sobrevenida.

E. Defensa técnica ineficaz / abandono defensorial — Art. 49.1 CRBV · Art. 8.2.d-e CADH

El defensor que aconseja autoinculpación al principio del proceso, sin investigación independiente y en un caso con pena máxima, viola el estándar Strickland v. Washington (incorporable vía control de convencionalidad — caso Ruano Torres v. El Salvador, CrIDH 2015). La ausencia total de recurso de casación a nombre de Bracho confirmada por la Sentencia 682/2024 del TSJ es prueba documental del abandono defensorial.

F. Presunción de inocencia y juicio mediático — Art. 49.2 CRBV · Art. 8.2 CADH

Maduro, el Fiscal General Tarek William Saab y otros altos funcionarios identificaron a Bracho como autor antes del juicio en cadenas nacionales televisadas (VTV) y ruedas de prensa. La Corte Interamericana ha condenado este patrón en Cantoral Benavides v. Perú (2000) y Lori Berenson v. Perú (2004).

G. Plazo razonable y retardo procesal — Art. 26 CRBV · Art. 8.1 CADH

Detención: 05/08/2018. Sentencia 1ª instancia: 02/08/2022 (publicada 17/02/2023). Apelación: 21/03/2024. Casación: 05/12/2024. Total: 6 años y 4 meses entre detención y casación, con períodos prolongados de inactividad procesal. Viola el plazo razonable según la jurisprudencia consolidada de la CrIDH (Suárez Rosero v. Ecuador, 1997; López Álvarez v. Honduras, 2006).

H. Recalificación selectiva por motivo del fuero — Art. 21 CRBV (igualdad)

Durante el juicio, el delito de Traición a la Patria fue cambiado por Conspiración para los militares (penas más leves) pero mantenido para civiles como Bracho. Trato desigual sin justificación objetiva, en violación de la garantía de igualdad ante la ley.

03Precedentes locales: cuándo el TSJ ha anulado o liberado

La base de datos local de tuvzla.com contiene 435.000+ decisiones del TSJ. La búsqueda sistemática identifica precedentes recientes en los que la propia Sala de Casación Penal ha anulado de oficio sentencias condenatorias en casos de jurisdicción especial (terrorismo / militar) por vicios análogos. Estos precedentes son munición técnica para la Solicitud de Revisión Constitucional y la futura petición CIDH:

SentenciaFechaJusticiableDecisión clave
Sala Penal 098 (Avocamiento de oficio)29/09/2021Erik Fernando Peña Romero, Igbert José Marín Chaparro y otrosAnula de oficio sentencia de la Corte Marcial con competencia nacional. Repone causa para nueva decisión sin los vicios. Avocamiento procedente.
Sala Penal 317 (Avocamiento)29/07/2010General Ítalo Augusto Del Valle AlliegroAvocamiento concedido. Anula sentencia de la Sala 9 de la Corte de Apelaciones AMC. Repone a Corte distinta. Sienta precedente: el avocamiento es vía idónea para reabrir cadenas procesales viciadas.
Sala Penal 42330/10/2023Gelinyer Berroterán Palacios y Jhon Alexander Prada BarbosaNulidad por vicios procesales; reposición. Confirma que la nulidad absoluta procede aún en casos de imputaciones graves cuando se vulnera el debido proceso.
Sala Constitucional 054131/10/2024Guendy Nataly Angulo Peña y Toni Angulo FloresSala Constitucional admite revisión y ampara derechos en caso penal con violaciones al debido proceso. Útil como precedente reciente de admisibilidad.
Sala Constitucional 050330/10/2024Belkan José Escobar AbreuAcción de amparo procedente. Demuestra que la vía del amparo constitucional sigue funcionando, al menos formalmente, en 2024-2025.

04Co-condenados y co-acusados en el mismo expediente

El expediente del caso del dron condenó a 17 personas con penas de 5 a 30 años. Importante para la estrategia: Juan Requesens (8 años) fue liberado en octubre de 2023 como parte de las negociaciones EE.UU.-Venezuela tras el Acuerdo de Barbados. Esto demuestra que la negociación humanitaria es ruta viable. Otros co-condenados a 30 años permanecen presos junto a Bracho.

NombrePenaRol atribuidoEstado actual
Alejandro Pérez Gámez30 añosEx-Director del Servicio de Orden Interno, GNBPreso
Juan Carlos Monasterios Vanegas30 añosEx-Sargento Mayor GNB; denunció torturaPreso
Argenis Gabriel Valera Ruiz30 añosOperador de dron #2 ('El Ingeniero')Preso
José Miguel Estrada González30 añosEstudiante de contaduría; tareas de avanzadaPreso
Oswaldo Gabriel Castillo Lunar30 añosEstudiante universitarioPreso
ALBERTO JOSÉ BRACHO ROZQUEZ30 añosOperador de dron #1 según FiscalíaPreso (Yare III)
Brayan de Jesús Oropeza Ruiz30 añosOperador de dron #1 según FiscalíaPreso
Henryberth Enmanuel Rivas Vivas30 añosOperador / planificador ruta de escapePreso
Yolmer José Escalona Torrealba30 añosTortura documentada; huelga de hambrePreso (El Rodeo II)
Emirlendris Carolina Benítez Rosales30 añosTortura DGCIM; perdió embarazo; silla de ruedasPreso
Yanin Fabiana Pernía Coronel30 añosConductora del Jeep CherokeePreso
Pedro Javier Zambrano Hernández30 añosCoronel GNB; insuficiencia renal grado 3Preso (Ramo Verde)
Ángela Lisbeth Expósito Carrillo24 añosEspañola; supuestamente albergó fugitivoPreso
José Eloy Rivas Díaz20 añosSupuesto financista; úlcera péptica, ERGEPreso
Héctor Armando Hernández Da Costa16 añosGeneral de Brigada GNB (en tribunal civil)Preso
Juan Carlos Requesens Martínez8 añosDiputado opositor; conspiraciónLIBERADO oct/2023 (Acuerdo de Barbados)
Wilder Anderson Vásquez Velásquez5 añosCómplice / encubridor ('El Capo')Preso

05Estrategia procesal: escalera de remedios

Nivel 1 — Interno venezolano (residual, baja probabilidad)

  1. Solicitud de Revisión Constitucional ante la Sala Constitucional del TSJ (art. 336.10 CRBV + art. 25.10 LOTSJ): atacar Sentencia 682/2024 y, por extensión, la condena de instancia, por violación al juez natural, prueba obtenida bajo tortura, desaparición forzada, defensa técnica ineficaz y juicio mediático.
  2. Solicitud de Avocamiento ante la propia Sala de Casación Penal (art. 31.1 LOTSJ): pedir que la Sala se avoque de oficio al expediente, decrete la nulidad absoluta y reponga la causa, siguiendo precedentes Sala Penal 098/2021 (Marín Chaparro) y 317/2010 (Del Valle Alliegro).
  3. Acción de Amparo Constitucional posterior a la condena (art. 27 CRBV + LOASGC): cesar el régimen de aislamiento y privación de visitas; garantizar atención médica; traslado a centro penitenciario en Zulia.
  4. Denuncia penal contra el Fiscal Farik Karin Mora Salcedo, el Cnel. Hannover Guerrero y agentes DGCIM Boleíta Norte por los delitos de Tortura (art. 181-A CP), Trato Cruel y Privación Ilegítima de Libertad.

Nivel 2 — Sistema Interamericano (alta probabilidad documental)

  1. Petición individual ante la CIDH con solicitud de Medida Cautelar urgente (art. 25 Reglamento CIDH): cese de aislamiento, evaluación médica independiente, prohibición de represalias. Plazo de 6 meses desde notificación de Sent. 682/2024 — gestión urgente.
  2. Para el fondo: violación de los arts. 5 (integridad personal), 7 (libertad personal), 8 (garantías judiciales), 25 (protección judicial) y 1.1 ACHR. Aunque Venezuela denunció la ACHR (efectivo 09/2013), la CIDH retiene competencia bajo la Carta de OEA y la Declaración Americana.
  3. Si el Estado no cumple medidas cautelares: solicitud de medidas provisionales ante la Corte IDH (vía art. 63.2 ACHR para hechos preexistentes a la denuncia y para Estados aún sometidos por casos en trámite).

Nivel 3 — Sistema Universal ONU (alta probabilidad)

  1. Petición individual ante el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria (WGAD): invocar Categorías II (sin base legal), III (violaciones graves al debido proceso) y V (discriminación por opinión política).
  2. Comunicación a la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre Venezuela (FFM-Venezuela, mandato renovado oct/2024 por 2 años): aportar el caso como evidencia paradigmática del patrón DGCIM-tortura-tribunales especiales-condenas masivas.
  3. Comunicación urgente al Relator Especial sobre Tortura (Communication Procedure).
  4. Comunicación al Relator Especial sobre Independencia de Magistrados y Abogados (sobre tribunales especiales y abandono defensorial).

Nivel 4 — Penal Internacional (largo plazo, valor estratégico)

  1. Comunicación adicional al Caso Venezuela I ante la Fiscalía de la CPI (art. 15 ER): la investigación formal se abrió el 03/11/2021. Caso Bracho encaja con los crímenes de lesa humanidad de encarcelamiento, tortura y persecución política (art. 7 ER). Coordinación con organizaciones legitimadas: CASLA Institute, Foro Penal, Human Rights Foundation.

Nivel 5 — Negociación humanitaria (vía con mayor probabilidad real de salida)

El precedente reciente más importante es la liberación del coacusado Juan Requesens el 18 de octubre de 2023, en el marco del Acuerdo de Barbados y del intercambio EE.UU.-Venezuela por Alex Saab. Subsecuentemente, al menos 59 presos políticos fueron excarcelados hacia julio de 2025, y otros 35 el 8 de febrero de 2026. La inclusión de Bracho en la lista de canjes humanitarios — con su caso ya documentado internacionalmente como detención arbitraria — es el escenario con mayor probabilidad real de excarcelación.

06Plan de acción: primeros 60 días

DíaAcciónResponsable
1-3Contacto con familia de Bracho en Zulia + Foro Penal Venezuela (Alfredo Romero) + ProveaDefensa coordinadora
1-7Recopilar copia certificada completa del expediente: trial 2022/2023, apelación 2024, casación 682/2024Defensa técnica
4-10Examen médico independiente bajo Protocolo de Estambul (si acceso permitido); declaraciones notariadas de testigos co-detenidosDefensa + médico forense + notario
10-20Redacción de Solicitud de Revisión Constitucional ante Sala Constitucional TSJ (12-15 páginas)Equipo legal
10-20Redacción paralela de Solicitud de Avocamiento ante Sala de Casación Penal (precedentes 098/2021 y 317/2010)Equipo legal
15-30Petición CIDH con Medida Cautelar (urgente, plazo 6 meses caducando) — co-patrocinio con CEJIL / Robert F. Kennedy Human Rights / Foro PenalONG aliada
20-40Acción de Amparo por condiciones de detención (aislamiento, comunicación, salud, traslado a Zulia)Defensa
20-40Comunicación al Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria (WGAD-ONU)Equipo legal
30-45Comunicación a UN FFM-Venezuela y Relator Especial TorturaONG aliada
45-60Submission Article 15 ICC vía organización con standing (CASLA Institute / HRF)ONG internacional

07Probabilidad agregada de cada vía

ResultadoProbabilidad estimada
Anulación de la sentencia en sede TSJ vía revisión constitucional5%
Anulación vía avocamiento de la Sala Penal8%
Mejora de condiciones de detención vía amparo + presión internacional40%
Declaración WGAD-ONU de detención arbitraria80%
Medidas cautelares CIDH70%
Inclusión en informe FFM-Venezuela90%
Excarcelación vía proceso transicional / negociación / canje humanitario / indulto35-50%
Liberación exclusivamente por vía judicial venezolana actual<3%

08Descargas · Expediente integral en PDF

El expediente completo está disponible para descarga en PDF (formato carta, listo para imprimir, firmar y consignar). Cada pieza también está disponible individualmente para uso modular: enviar la petición CIDH a CEJIL sin el resto del expediente, o enviar solo la carta a Foro Penal al Dr. Romero, etc. Todos los documentos están bajo licencia abierta para uso de la defensa, ONGs aliadas y organismos internacionales.

Expediente completo

Dossiers narrativos

Petitorios formales (listos para firma)

Cartas de co-patrocinio a ONGs

Anexos de soporte

09Abogados de referencia para construir el equipo de defensa

TIER 1 · Defensores que ya intervinieron en el expediente del Drone Caracas

Los 6 abogados que recurrieron en casación a nombre de los otros co-condenados, según consta en la TSJ Sent. 682 del 5 de diciembre de 2024. Conocen el expediente, los magistrados ponentes y la jurisprudencia aplicada. CAVEAT documental: el cruce algorítmico estricto de cada nombre con su número de Inpreabogado en otros expedientes del TSJ devuelve cero apariciones — lo que sugiere que pueden ser defensores públicos o privados con poca práctica regular ante la Sala Penal, asignados por afinidad y no por experticia técnica acumulada.

AbogadoINPREDefendió en este casoResultado obtenido
Joel Antonio García Hernández84.674Juan Carlos Requesens (8 años) + José Eloy Rivas (20 años)Sentencia más baja del expediente; Requesens LIBERADO en oct/2023 (Acuerdo de Barbados)
Juan Luis González Taguaruco45.027Ángela Expósito (24 años) + Oswaldo Castillo (30 años)30 años para Castillo; 24 para Expósito
Stefania Migliorini Camposano262.683Emirlendris Benítez + Yolmer Escalona (30 años c/u)30 años para ambos; perfil DDHH (caso Benítez con tortura DGCIM)
Zoraida Castillo de Cárdenas13.879Héctor Hernández Da Costa (16 años) + Pedro Zambrano (30 años)16 años para el general en tribunal civil
Gracimar Del Valle Fierro58.867Juan Carlos Monasterios Vanegas (30 años)30 años
Eliécer Peña Granda + Yalira Granda12.130 + 14.920Alejandro Pérez Gámez (30 años)30 años

TIER 2 · Constitucionalistas y penalistas con récord en defensa política (corpus TSJ + conocimiento público)

Ranqueado por apariciones documentadas en el corpus TSJ con mención simultánea de contexto defensivo. Los nombres aquí cumplen con perfil técnico para la Solicitud de Revisión Constitucional ante la Sala Constitucional del TSJ y/o para integrar el equipo de litigio ante el sistema interamericano.

#AbogadoTSJ appsEn defensaPerfil clave
1Juan Carlos Gutiérrez125106Defensor histórico de presos políticos. Volumen líder del Tier.
2Alfredo Romero (Foro Penal)11078Director Ejecutivo Foro Penal. Acceso institucional + red de defensores.
3Antonio Canova González8363Constitucionalista, escritos sólidos.
4José Vicente Haro7952Constitucionalista joven, perfil mediático.
5Carlos Ayala Corao5533EX-PRESIDENTE DE LA CIDH (1996-1999). Ideal para puente revisión-CIDH.
6Gustavo Linares Benzo5029Constitucionalista UCAB.
7Gonzalo Himiob Santomé4941Co-fundador Foro Penal, especialista en presos políticos.
8Theresly Malavé3127100% defensa — especialista declarada en presos políticos.
9Juan Manuel Raffalli2516Constitucionalista, asesoría a oposición.
10Allan Brewer-Carías1912Autoridad doctrinal mundial. En exilio — usar como respaldo doctrinario, no como firmante.
⚠️Hermann Escarrá8054NO RECOMENDADO. Alineado al gobierno — conflicto de interés.

TIER 3 · Penalistas con récord medible en Sala de Casación Penal y Sala Constitucional (extracción algorítmica)

Abogados con múltiples casos en Salas Penal y Constitucional del TSJ y ratio favorable de decisiones positivas (CON LUGAR / nulidad / sobreseimiento) sobre negativas (SIN LUGAR / desestimadas). Menos famosos, pero con número objetivo de victorias contables.

AbogadoINPRECasosPos.Neg.Score
Hector J. Guilarte H.142.510612024.0
Pedro José Troconis Da Silva34.395144219.4
Manuel Assad Brito31.580125617.7
José Joel Gómez Cordero32.811 / 57.049153617.7
Roberto Gómez González39.76877715.4
Jorge Tahan Bittar7.603 / 7.60649815.1
Eric Lorenzo Pérez Sarmiento105.200 / 71.93293212.9
José Santiago Rodríguez Simancas75.28955012.5 (sin derrotas en muestra)
Carlos Eduardo Aponte González59.91665412.3
Ricardo Baroni Uzcátegui49.200 / 49.22074312.1
León Benshimol Salamanca76.6965449.8
Mario Eduardo Trivella55.4566349.3

TIER 4 · Soporte internacional / CPI / Sistema interamericano

Persona u organizaciónRol clave
CEJIL — Centro por la Justicia y el Derecho InternacionalÚnico ente con histórico ganador ante Corte IDH para casos venezolanos. Co-litigio principal CIDH.
Tamara Sujú Roa (CASLA Institute)Comunicación adicional Art. 15 ER ante la Fiscalía CPI — Caso Venezuela I.
Robert F. Kennedy Human RightsLitigio + advocacy política internacional (Departamento de Estado EE.UU., UE, OEA).
Human Rights Foundation (HRF)Base de datos de presos políticos + advocacy de canjes humanitarios.
Reed Brody (consultor HRW)Litigio internacional emblemático — soporte estratégico.
Liliana Ortega (COFAVIC)30+ años de litigio en DDHH Venezuela.

Equipo de defensa recomendado (3-4 personas)

  1. CABEZA LOCAL EN CARACAS (firma escritos en TSJ): Juan Carlos Gutiérrez como 1ra opción (volumen y trayectoria) o Joel Antonio García Hernández (Tier 1, ya conoce el expediente). Backup: Theresly Malavé.
  2. CONSTITUCIONALISTA DE RESPALDO DOCTRINAL (firma como segundo/asesor): Carlos Ayala Corao — su nombre en la solicitud de revisión + en la petición CIDH le da peso académico e internacional inmediato. Alternativa: José Vicente Haro o Antonio Canova González.
  3. COORDINADOR INSTITUCIONAL (red, recursos, visibilidad): Alfredo Romero o Gonzalo Himiob (Foro Penal) — gestionan acceso a la familia en Maracaibo, evaluación médica, comunicación con CIDH y monitoreo internacional.
  4. SOPORTE INTERNACIONAL SIMULTÁNEO: CEJIL + Tamara Sujú/CASLA Institute + RFK Human Rights + Human Rights Foundation. Las 7 cartas de co-patrocinio con propuesta específica para cada uno ya están redactadas en este expediente.

10Siguientes pasos por decidir

  1. ¿Hay contacto con la familia o con un abogado venezolano que pueda firmar y presentar la Revisión Constitucional + Amparo? Sin abogado en Caracas, la acción se queda en el plano internacional.
  2. ¿Se prepara primero el draft del escrito de Solicitud de Revisión Constitucional (12-15 páginas, completo y listo para firma) o el draft de la petición CIDH con MC (más urgente por plazo de 6 meses desde la Sentencia 682/2024)?
  3. ¿Buscamos contacto con Foro Penal, Provea, CEPAZ, CASLA Institute para co-patrocinar internacionalmente?
  4. ¿Se extraen también las 7 sentencias restantes del lote E18-205→E18-213 + Sent. 247/E18-206 y la sentencia de casación 682/2024 completa para alimentar el escrito?

Fuentes oficiales y reportajes

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